Ciudad MCY .- La preselección de postulantes a candidatos para las elecciones judiciales de Bolivia quedó anulada hoy por la Sala Constitucional Primera del departamento de Pando, que ordenó la emisión de una nueva convocatoria.

Fueron las vocales Celsa Salazar y Jorge Luis Sotelo quienes concedieron tutela a la abogada Yeny Dury Bautista en una acción popular que presentó en contra de la Ley 1549 Transitoria para esos comicios en 2024.

Según la denuncia, esa normativa vulneraba los derechos de las mujeres pertenecientes a los pueblos indígena originarios campesinos al no incorporar entre las postulantes de Pando candidatas de este sector de la población.

La Sala Constitucional argumentó que se advirtió la “vulneración del derecho a la igualdad tanto de mujeres como de los pueblos indígenas originarios del departamento de Pando”, según reportó la cadena Erbol.

Dispuso, además, que se debe proceder a realizar “un nuevo proceso de preselección de candidatos de elecciones judiciales, basado en la realidad de este departamento de Pando, dictándose las medidas afirmativas adecuadas y flexibles para los habitantes del departamento de Pando, como las mujeres en de este departamento”.

El proceso de preselección estaba en su última fase de exámenes orales.

Sin embargo, fue paralizado desde el 16 de abril último como resultado de una medida cautelar dispuesta por la Sala Constitucional Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz al admitir un amparo presentado por la inhabilitada aspirante al Consejo de la Magistratura Margarita Medrano.

Tras dejar sin efecto la preselección, la vocal Celsa Salazar señaló este martes que la Asamblea Legislativa “tendría que nuevamente realizar el proceso de preselección y elección” para los comicios judiciales.

“Se ha concedido la audiencia de acción de amparo, por cuanto se ha evidenciado la falta de consideración en el tema del acceso a estas convocatorias para el tema de las mujeres como el sector indígena originario campesino”, expresó.

Agregó que, en ese sentido, se concedió y se dispuso dejar sin efecto el proceso de preselección, así como la inaplicación de la Ley 1549 y el reglamento correspondiente.

Consideró que las aspirantes indígenas de Pando no tuvieron las mismas condiciones para postular respecto a las del resto de los departamentos.

El vocal Sotelo, por su parte, refirió que se concedió la acción popular ante el reclamo de la Central Indígena De Mujeres Amazónicas De Pando (Cimap).

“Entiendo que se ha dejado sin efecto la convocatoria hasta que se tomen en cuenta los parámetros que se ha planteado. Básicamente acciones afirmativas, igualdad material y no discriminación en función de los agravios que ha planteado la Cimap”, concluyó Sotelo.

Prensa Latina