CIUDAD MCY.-La suspensión de la obligatoriedad del uso de máquinas fiscales fue publicada en la Gaceta Oficial N° 43.484, según informó el superintendente del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (Seniat), Román Maniglia, a través de las redes sociales.
«Seguimos avanzando en la ruta de disminuir las barreras para la formalización de todos los sectores, especialmente a los más pequeños, emprendedores y pymes, así como facilitar el acceso a los nuevos modelos tecnológicos que permiten mayor eficiencia en la gestión y menores costos asociados», destacó.
A su vez, indicó que la decisión de contar o no con una máquina fiscal es ahora voluntad del comerciante y no un requisito obligatorio ante esta Administración. Además informó que «si su empresa ya opera con máquinas fiscales y desea continuar su uso, no hay problema»
«Si desea incorporar más máquinas fiscales tampoco hay problema si es su decisión, pero no será un requisito para ejercer su actividad comercial ni condición excluyente para realizar su facturación. Los métodos de facturación adicionales a las máquinas fiscales como imprentas digitales y los de contingencia en formato físico se mantienen, dando apertura en esta normativa a la nueva fase de facturación digital que próximamente estará disponible para todos los sectores sin costo alguno», dijo.
Igualmente, Maniglia, señaló que la interconexión y la interoperabilidad que el Seniat trabaja conjuntamente con las instituciones del ecosistema financiero y tributario nos permite contar con información suficiente y oportuna para incorporar de manera eficiente y sencilla a todos los sectores en la ruta de esta nueva cultura tributaria, mediante modelos automatizados.
MEDIOS AUTORIZADO
El artículo 4 de la providencia administrativa establece que los contribuyentes sujetos a ella deberán emitir sus documentos fiscales exclusivamente a través de alguno de estos medios:
- Medios digitales o electrónicos: permiten generar, validar, transmitir y almacenar documentos en formato digital.
- Portal web y aplicación móvil: canales institucionales gratuitos que pondrá a disposición la Administración Tributaria.
- Imprentas digitales y otros proveedores tecnológicos debidamente autorizados por el Seniat.
- Máquinas fiscales: equipos electrónicos homologados y autorizados por el Seniat, con memoria fiscal y de auditoría integradas.
FUENTE: VTV
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