*** El domingo 28 de julio el pueblo venezolano vivirá una fiesta electoral para elegir de manera participativa, protagónica y pacífica quién llevará las riendas del país en un nuevo periodo de gestión presidencial, a través del ejercicio del voto. El equipo de Ciudad MCY preparó el presente material informativo a fin de que la colectividad tenga conocimiento sobre las particularidades del ente rector del Poder Electoral y el proceso comicial ***

CIUDAD MCY.- El Consejo Nacional Electoral (CNE) es el ente que regula el Poder Electoral y se encarga de la organización, administración y supervisión de todos los actos relativos a procesos comiciales a realizarse en el ámbito nacional, regional, municipal y parroquial, a través de la Junta Nacional Electoral.

El organismo garantiza la transparencia de las actividades electorales y referendarios en Venezuela, además de su eficiente organización. De la particularidad, la claridad, equidad y credibilidad en los procesos dependen sus resultados para elevar y sostener el prestigio de la institución.

PASEO HISTÓRICO

El nuevo calendario electoral venezolano, mismo que conocemos actualmente, inició a finales del siglo pasado, específicamente el 6 de diciembre de 1998, cuando el Sistema Electoral del país logró grandes transformaciones. No obstante, es hasta el año 2000 cuando se producen múltiples modificaciones e innovaciones.

Las elecciones de ese año tuvieron como principal marco normativo la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (1999), el Estatuto Electoral del Poder Público (2000), emanado por la Asamblea Nacional Constituyente, la Ley Orgánica del Sufragio y Participación Política (1997, con modificación parcial en 1998) y las normas reglamentarias emanadas por el Consejo Nacional Electoral.

MARCO LEGAL DEL SUFRAGIO

Los comicios presidenciales se celebran en cada seis años, según lo consagrado en el artículo 228 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela: “La elección del Presidente o Presidenta de la República se hará por votación universal, directa y secreta, en conformidad con la ley. Se proclamará electo o electa el candidato o la candidata que hubiere obtenido la mayoría de votos válidos”.

La Asamblea Nacional en el año 2009 aprobó la Ley Orgánica de Procesos Electorales, luego de una solicitud emitida por el CNE. La normativa jurídica tiene por objeto general regular y desarrollar “los principios constitucionales y los derechos de participación política de los ciudadanos y ciudadanas, en los procesos electorales; así como todas aquellas competencias referidas a los procesos electorales atribuidas por la Constitución de la República y la ley, al Poder Electoral”, reza en el Título 1, Artículo 1.

Aquí también se aborda el tema de la convocatoria a las elecciones, acto público en el que se fija la fecha de la fiesta electoral en concordancia con los periodos constitucionales. Para presentar de forma oficial el cronograma, el articulo 42 expresa: “La convocatoria se publicará en la Gaceta Electoral de la República Bolivariana de Venezuela”.

REGISTRO ELECTORAL PERMANENTE

El Registro Electoral Permanente (REP) en Venezuela es un padrón público y continuo que contiene la información de todos los ciudadanos que tienen derecho al voto.

Se caracteriza por ser un sistema automatizado que permite la inscripción, actualización, depuración y mantenimiento de la información de los electores. Esta información es utilizada por el Consejo Nacional Electoral (CNE) para convocar a elecciones, elaborar el material electoral y realizar auditorías.

El REP se actualiza constantemente. Los ciudadanos pueden inscribirse o actualizar sus datos en cualquier momento, ya sea de manera presencial en las oficinas del CNE o a través de la página web del organismo.

SISTEMA DE VOTACIÓN MODERNO Y AUTOMATIZADO

En el año 2004, Venezuela se convirtió en el primer país del mundo en realizar una elección nacional con máquinas que imprimen el comprobante del voto. Posteriormente, en el año 2012, Venezuela volvió a innovar, cuando se realizó la primera elección nacional con autenticación biométrica del elector y la posterior activación de la máquina de votación.

Las facilidades de la plataforma tecnológica implican la utilización de una boleta (electrónica) de votación convencional. Los electores pueden pulsar en el nombre, el rostro o el partido del aspirante al cargo de elección popular.

El método de votación venezolano se fortaleció con la entrada del Sistema de Autenticación Integral (SAI), que fue la última fase de la automatización. Esta le permite al elector activar la máquina con su impresión dactilar, lo que representa una garantía más para la integridad del voto.

Las principales fortalezas son: El manejo del voto es hecho únicamente por el elector. Además, el adiestramiento de este es mínimo, ya que la boleta electrónica que se utiliza es la convencional. Al terminar el proceso de votación, la totalización es inmediata, lo cual garantiza rapidez en los resultados oficiales. De igual modo, el sistema de respaldo es automático y tiene una seguridad en la red de transmisión.

PARTICIPACIÓN CIUDADANA

El Consejo Nacional Electoral (CNE) de Venezuela juega un papel crucial en la promoción y fomento de la participación ciudadana en los procesos democráticos, acción esencial para el fortalecimiento de la democracia.

La intervención de la ciudadanía se puede manifestar mediante la observación electoral, presentación de denuncias sobre irregularidades en los procesos electorales, postulación de candidatos, inscripción en el padrón electoral y como miembros de mesa, entre otras. Todo ello contribuye a garantizar la transparencia y la legitimidad de las elecciones, así como a promover la pluralidad y la diversidad en la representación política.

Aquí existe una Oficina Nacional de Participación Ciudadana (ONPC), entre cuyas funciones se encuentran:

  • Divulgar y educar a la ciudadanía sobre sus derechos y deberes electorales.
  • Brindar asesoría y asistencia técnica a las organizaciones de la sociedad civil.
  • Promover la creación de mecanismos de participación ciudadana.
  • Apoyar la organización y realización de procesos electorales comunitarios.
  • Realizar investigaciones y estudios sobre la participación ciudadana.

PERIODISTA THAIMARA ORTIZ