CIUDAD MCY.- En Argentina, el juez Raúl Horacio Ojeda ordenó la suspensión cautelar de más de 80 artículos de la reforma laboral aprobada por el Congreso el pasado mes de febrero, tras un amparo presentado por la principal central sindical del país, la Confederación General del Trabajo (CGT).

El fallo detiene de forma parcial la aplicación de la ley 27.802 —conocida como de “modernización laboral”— hasta que se resuelva de fondo la demanda por inconstitucionalidad.  La decisión se produce en un contexto de protestas masivas y una huelga general contra las reformas del Ejecutivo.

Entre los puntos suspendidos se encuentran cambios sensibles en el régimen laboral argentino: la reclasificación de trabajadores de plataformas como independientes, la eliminación del principio “in dubio pro operario” (que favorece al trabajador en caso de duda), modificaciones al derecho de huelga y la derogación de la Ley de Teletrabajo.

También quedaron en pausa reformas al sistema de indemnizaciones, la creación del Fondo de Asistencia Laboral (FAL), ajustes en la jornada laboral, vacaciones y nuevas reglas para convenios colectivos que priorizaban acuerdos por empresa sobre los sectoriales.  En su resolución, el magistrado argumentó que la aplicación inmediata de estos artículos podría generar “daños irreparables” si posteriormente la norma es declarada inconstitucional.

El juez también cuestionó aspectos de fondo de la reforma. En particular, consideró que el nuevo esquema de fondo de cese laboral “no evitaría ni repararía los despidos injustificados” y podría comprometer recursos del sistema de seguridad social.

Además, suspendió normas que limitaban la responsabilidad de empresas en casos de tercerización y aquellas que reducían garantías sindicales, como la tutela gremial y el crédito horario de delegados. La CGT, que promovió el recurso judicial, celebró el fallo como un triunfo en defensa de los derechos laborales.

FUENTE: MEDIOS INTERNACIONALES

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