***Se podrá utilizar solamente como unidad de medida para determinar tributos nacionales que recaude y controle el Estado

CIUDAD MCY .- El Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (Seniat) publicó en la Gaceta Oficial número 42.623, con fecha 8 de mayo de 2023, el reajuste de la Unidad Tributaria (UT), que pasó de 0,40 a 9,00 bolívares.

Se podrá utilizar solamente como unidad de medida para determinar tributos nacionales que recaude y controle ese órgano del Estado. Un ejemplo, el Impuesto sobre la Renta.

El Seniat explicó que la nueva UT no se puede utilizar por otros órganos y entes públicos para determinar beneficios laborales, tasas y/o contribuciones especiales por los servicios que presten.

Mientras que las sanciones de ejercicios fiscales que no están prescritas, y que se calculan en Unidad Tributaria, también “podrían incrementar 21,5 veces al momento del pago. Como consecuencia de la norma de ajuste de multas del Código Orgánico Tributario”.

Respecto a tributos que se liquiden por períodos anuales, la unidad tributaria aplicable será la que esté vigente al cierre del ejercicio fiscal respectivo. En el caso de los tributos que se paguen por periodos distintos al anual, se aplicará la UT vigente para el inicio del periodo.

El valor de la Unidad Tributaria (UT) en Venezuela se calcula anualmente por el Seniat, que es el organismo encargado de la recaudación de impuestos en el país.

AGENCIAS